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Finanzas

ADMINISTRACION Y FINANZAS

Artículo 27; Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.- La unidad encargada de Administración y Finanzastendrá las siguientes funciones:

a) Asesorar al alcalde en la administración del personal de la municipalidad, y

b) Asesorar al alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente:

1.- Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales;

2.- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal;

3.- Visar los decretos de pago;

4.- Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto;

5.- Controlar la gestión financiera de las empresas municipales;

6.- Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República, y

7.- Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.

RENTAS

ENCARGADA: NINOSKA ALMARZA NORAMBUENA

ANEXO 21 Ó 36

HORARIOS DE ATENCION

LUNES A JUEVES DE 08:30 HRS A 13:45 HRS

VIERNES DE 08:30 HRS A 13:45 HRS Y EN LA TARDE 14:45 A 16:15 HRS

 

CLIC AQUI para ir a página de Rentas

ADQUISICIONES

ENCARGADO: MARÍA PAZ VARAS

 

 

 

 

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